lunes, 07 de abril de 2008
>> Quiero contratar el suministro eléctrico de una vivienda pero el titular anterior dejó una deuda pendiente. ¿Pueden exigírmelo a mí?

No, ante un contrato nuevo la compañía está obligada a facilitarte el suministro y no puede exigirte la deuda del titular anterior.

La obligación a prestar el suministro eléctrico por parte de la distribuidora tiene excepciones cuando el solicitante ha sido declarado deudor por una sentencia judicial firme de cualquier empresa distribuidora, siempre que no justifique el pago de dicha deuda y su cuantía sea superior a 150,25 euros.

Tags: Sevillana Endesa

Publicado por adminsevilla1 @ 7:55
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Comentarios
Hace unos años traspasé un local y ahora me reclaman dos facturas de la luz impagadas, ya que se no realizó el cambio de nombre, continuando estando al mío, habiéndole requierido verbalmente al nuevo arrendatario que lo cambiara. Tengo que hacer frente a tales facturas si son posteriores al traspaso por estar a mi nombre?
Publicado por Invitado
martes, 24 de noviembre de 2009 | 13:08