lunes, 07 de abril de 2008
>> Quiero contratar el suministro eléctrico de una vivienda pero el titular anterior dejó una deuda pendiente. ¿Pueden exigírmelo a mí?

No, ante un contrato nuevo la compañía está obligada a facilitarte el suministro y no puede exigirte la deuda del titular anterior.

La obligación a prestar el suministro eléctrico por parte de la distribuidora tiene excepciones cuando el solicitante ha sido declarado deudor por una sentencia judicial firme de cualquier empresa distribuidora, siempre que no justifique el pago de dicha deuda y su cuantía sea superior a 150,25 euros.

Tags: Sevillana Endesa

Publicado por adminsevilla1 @ 7:55
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Hace unos años traspasé un local y ahora me reclaman dos facturas de la luz impagadas, ya que se no realizó el cambio de nombre, continuando estando al mío, habiéndole requierido verbalmente al nuevo arrendatario que lo cambiara. Tengo que hacer frente a tales facturas si son posteriores al traspaso por estar a mi nombre?
Publicado por Invitado
martes, 24 de noviembre de 2009 | 13:08

Veo que a varias personas le ha pasado como a mi, pero no veo respuestas. A mi padre le ha llegado una carta de una gestoría que trabaja para endesa en la que se le notifica que adeuda 445 €, después de varias llamadas averiguamos que es de un piso que vendio hace 35 años, y Endesa dice que no se dio de baja, aunque él si lo hizo, pero después de 35 años a saber donde están los papeles.

Hay alguna manera de ir contra el propietrio de la vivienda, y contra Endesa, y a las malas que pasaría si nos negasemos a abonar el importe.

gustavoaqs hotmail.es

Publicado por Invitado
jueves, 11 de agosto de 2011 | 13:58