lunes, 07 de abril de 2008

Me pueden exigir la deuda del anterior titular?

>> Quiero contratar el suministro eléctrico de una vivienda pero el titular anterior dejó una deuda pendiente. ¿Pueden exigírmelo a mí?

No, ante un contrato nuevo la compañía está obligada a facilitarte el suministro y no puede exigirte la deuda del titular anterior.

La obligación a prestar el suministro eléctrico por parte de la distribuidora tiene excepciones cuando el solicitante ha sido declarado deudor por una sentencia judicial firme de cualquier empresa distribuidora, siempre que no justifique el pago de dicha deuda y su cuantía sea superior a 150,25 euros.

Tags: Sevillana Endesa

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